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Guías8 min de lectura

Verifactu 2027: qué hacer ya con tu facturación y en qué te ayuda la IA

Fechas oficiales de Verifactu (1 ene y 1 jul 2027), qué es un SIF y 5 usos de IA con prompts que te quitan trabajo sin tocar la factura legal.

Por DoAIWork Editorial · 30 de septiembre de 2026

Verifactu 2027: qué hacer ya con tu facturación y en qué te ayuda la IA

Calendario con el 1 de enero y el 1 de julio de 2027 marcados

Si eres autónomo o tienes una pyme, seguramente te han llegado ya tres mensajes sobre Verifactu: uno de tu gestoría, otro de tu programa de facturación y un tercero de alguien que te asegura que «con ChatGPT te lo hace todo». Vamos por partes. La IA no te hace cumplir Verifactu, pero sí te puede quitar bastante trabajo alrededor de la factura: revisar, clasificar, conciliar, cobrar y preparar dudas.

Aviso: esto no es asesoría fiscal. Es una guía divulgativa con la norma vigente a 30 sep 2026. Consulta a tu gestoría y la información oficial de la Agencia Tributaria sobre SIF y VERI*FACTU.

Qué es Verifactu y cuándo te toca

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RD 1007/2023) exige que el software con el que emites facturas, lo que la norma llama SIF (sistema informático de facturación), garantice que los registros son íntegros, trazables e inalterables. VERI*FACTU es la modalidad en la que ese sistema envía los registros a la AEAT.

Las fechas, según la norma vigente a 30 sep 2026 (RDL 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE el 3 dic 2025, que modifica el RD 1007/2023), son estas:

  • Sociedades que presentan el Impuesto sobre Sociedades: sistema adaptado antes del 1 de enero de 2027.
  • Resto de obligados, incluidos los autónomos en IRPF: antes del 1 de julio de 2027.

Línea de tiempo de los aplazamientos de Verifactu: 2025, 2026 y 2027

Ojo: ya van dos aplazamientos. El plan inicial era julio de 2025; el RD 254/2025 lo movió a enero y julio de 2026, y el RDL 15/2025 a 2027. Que se haya aplazado dos veces no significa que vaya a pasar una tercera.

Hasta esas fechas estás en periodo de pruebas: puedes probar un SIF en modalidad VERI*FACTU y volver a facturar con otro sistema. Desde la fecha obligatoria, si empiezas en VERI*FACTU tienes que seguir así, al menos, hasta el final de ese año natural. Y, según Invoo, no hay un periodo de gracia sin sanciones después de la fecha: las infracciones están en el art. 201 bis de la Ley General Tributaria. Según su texto en el BOE, el apartado 2 tipifica como infracción grave la tenencia de sistemas que, debiendo estar certificados, no lo están o se han alterado, y el apartado 4 la sanciona con «multa pecuniaria fija de 50.000 euros por cada ejercicio».

¿Y si facturo con Word o Excel?

Según las preguntas frecuentes de la AEAT (actualizadas a 21 jul 2026):

  • Si Word o Excel se usan solo para meter los datos, emitir, imprimir y guardar la factura, no son un SIF.
  • Si además generan directamente los libros registro de IVA o IRPF, la contabilidad u otro resultado fiscal (por ejemplo, con macros), sí son un SIF y deben cumplir el reglamento.

¿Y la IA? Una factura redactada con ChatGPT y pegada en Word es, en principio, un uso de procesador de texto. Pero eso no te exime siempre: depende de cómo registres y proceses después esas facturas. La IA no es un SIF, y la factura legal debe salir del sistema que uses para facturar, adaptado si te toca. Pregúntale a tu gestoría por tu caso concreto.

¿No tienes programa? El reglamento (art. 7.b) prevé una aplicación básica y gratuita de la AEAT, en modalidad VERI*FACTU, pensada para autónomos, profesionales y empresas con pocas facturas. La Agencia Tributaria la anunció como disponible en su sede el 13 oct 2025. Antes de elegirla, revisa en su página de ayuda si sus condiciones encajan contigo: por ejemplo, no emite tickets y no permite exportar los registros a otro sistema.

Todos los prompts usan datos ficticios. Antes de pegar nada real, lee la sección de RGPD.

1. Revisar datos antes de emitir

Actúa como revisor administrativo. Te paso el borrador de una factura con datos ficticios.
Comprueba: que la base imponible por el tipo de IVA da la cuota; que el total cuadra; que la fecha y el número siguen la serie «2027-A-0041»; y que la descripción del servicio es clara.
Borrador: Cliente A · Diseño de logotipo · Base 800 € · IVA 21 % 168 € · Retención IRPF 15 % 120 € · Total 848 €.
Devuélveme una lista de errores o «Todo cuadra». No modifiques la factura.

Luego corriges en tu programa. La IA revisa; no emite.

2. Clasificar gastos

Clasifica estos gastos ficticios en: suministros, software, formación, desplazamientos, material, otros.
Devuelve una tabla con concepto, importe y categoría, y marca con «?» los dudosos para consultar con la gestoría.
- Suscripción herramienta de diseño 24 €
- Tren Madrid-Valencia 58 €
- Curso online de marketing 120 €
- Cartuchos de tinta 35 €

La deducibilidad la decide la norma, no el modelo. La IA ordena; tú y tu gestoría validáis.

3. Conciliar el banco

Tengo dos listas ficticias. A: facturas emitidas (número, cliente, total). B: ingresos del banco (fecha, concepto, importe).
Empareja cada ingreso con su factura, señala facturas sin cobrar e ingresos sin factura. Formato: tabla con tres bloques.
A: 2027-A-0038 Cliente A 848 € · 2027-A-0039 Cliente B 1.210 € · 2027-A-0040 Cliente C 363 €
B: 03/02 TRANSF CLIENTE A 848 € · 10/02 TRANSF CLI C 363 €

Exporta el extracto, quita nombres, IBAN y NIF, y trabaja con importes y referencias.

4. Recordatorios de cobro

Redacta tres recordatorios de cobro para la factura 2027-A-0039 (Cliente B, 1.210 €, vencida hace 7 días):
1) amable, 2) firme a los 15 días, 3) último aviso a los 30 días.
Tono profesional y cercano, máximo 90 palabras cada uno, sin amenazas legales.

Si quieres que salgan solos cuando venza una factura, te enseñamos a montarlo en nuestra guía De ChatGPT a n8n: tu primer agente.

5. Preparar preguntas para la gestoría

Soy autónomo en estimación directa y facturo unas 15 facturas al mes. Ahora uso [plantilla de Word / Excel con fórmulas / programa X].
Prepárame una lista de 8 preguntas concretas para mi gestoría sobre Verifactu: fecha que me aplica, si mi herramienta actual es un SIF, modalidad VERI*FACTU o no, periodo de pruebas y qué hago con las facturas ya emitidas.
Ordénalas por prioridad y no respondas tú a las preguntas.

La última línea es importante: quieres preguntas, no respuestas inventadas.

IA sí / IA no

Tabla IA sí e IA no en la facturación

IA síIA no
Revisar borradores con datos ficticiosEmitir la factura legal (no es un SIF)
Clasificar gastosGenerar el registro, la huella o el QR
Conciliar movimientos anonimizadosEnviar registros a la AEAT
Redactar recordatorios de cobroDecidir si estás obligado o qué modalidad usar
Preparar preguntas para la gestoríaRecibir NIF de clientes o extractos sin anonimizar

Checklist de migración en 30 minutos

Checklist de migración en 30 minutos

Al proveedor de tu programa de facturación (10 minutos):

  • ¿Está adaptado al reglamento y lo declara por escrito?
  • ¿Trabaja en modalidad VERI*FACTU o no VERI*FACTU?
  • ¿Cuándo se activa en mi cuenta y cambia el precio?
  • ¿Puedo exportar mis facturas y registros si me voy?

A tu gestoría (10 minutos):

  • ¿Mi fecha es el 1 de enero o el 1 de julio de 2027?
  • ¿Mi Word o Excel actual cuenta como SIF por cómo lo uso?
  • ¿Me conviene probar VERI*FACTU durante el periodo de pruebas?
  • ¿Quién emite materialmente las facturas, yo o la gestoría?

Tú, hoy (10 minutos):

  • Apunta cómo facturas ahora y con qué herramienta.
  • Revisa tus series y la numeración.
  • Pon las dos fechas en tu calendario, con un aviso un mes antes.
  • Guarda una copia de las facturas emitidas hasta la fecha.

RGPD: qué no pegar en un chat

  • Nada de NIF de clientes, direcciones completas ni IBAN. Usa «Cliente A».
  • Extractos bancarios solo anonimizados: importes, fechas y referencias.
  • Revisa la configuración de privacidad de tu plan y desactiva el entrenamiento con tus datos si puedes.

Lo explicamos con más detalle en IA para actas de reunión sin liar el RGPD.

Aviso fiscal

Este artículo resume la normativa vigente a 30 sep 2026. Ya ha habido dos aplazamientos, así que las fechas pueden volver a cambiar. No es asesoría fiscal: consulta a tu gestoría y revisa la información oficial de la AEAT y del BOE.

Fuentes (consultadas el 30 sep 2026)

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